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▷ República Argentina Noticias: [中文-Español] SE PROHIBIÓ LA ADQUISICIÓN Y EL USO DE PIROTECNIA EN EL ÁMBITO DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL ⭐⭐⭐⭐⭐

sábado, 28 de diciembre de 2019

[中文-Español] SE PROHIBIÓ LA ADQUISICIÓN Y EL USO DE PIROTECNIA EN EL ÁMBITO DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL

获取和使用烟花在国家公共部门的区域被禁止
星期六2019年12月28日
民族的总统阿尔贝托·费尔南德斯,由胡安Cabandié为首环境,住房和领土发展部的倡议,签署法令二千零十九分之九十六这成为获取和使用的物品和烟花爆竹的有效禁止,隆隆声或音频的事件或节目安排由国家公共部门。
规则还邀请加入主动向省,市两级的所有司法管辖区,以响应由这些产品的噪声引起的和理解的问题,下的消极后果的担忧,即接触某些噪音水平可引起人类和野生动物对环境和健康。
从环境部,放心,那主持了iniciativafue的想法"国家将加入一个积极的政策,以防止噪音污染引起的烟火吼"。
在序言法令,它认为,"宪法第41条规定,所有公民享有健康和平衡的环境适合人类发展和生产活动,以满足目前的需要,而不正确的损害这些后代;总法对环境(法律25675)"确立了实现环境,保护和生物多样性的保护和可持续发展的实现持续健康管理的最低标准"和法律"套国家环保政策的目标,其中突出促进当代人和后代人的生活质量的提高。"
在这方面,有各种科学研究证明,使用的物品和烟花爆竹,隆隆声或声音影响了人口的音频质量,那些被发现之间的社会尤其是最脆弱的群体儿童,老人,自闭症谱系障碍(ASD),以及野生动物和环境一般禁用。
虽然有国家法律允许的柜台或授权他们,国民政府负责政策,其中促进人口健康,尤其是最敏感的部门的保护领域采用。
Se prohibió la adquisición y el uso de pirotecnia en el ámbito del Sector Público Nacional
sábado 28 de diciembre de 2019
El presidente de la Nación, Alberto Fernández, a partir de una iniciativa del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible encabezado por Juan Cabandié, firmó el Decreto 96/ 2019 que hizo efectiva la prohibición de adquisición y uso de artículos y artificios de pirotecnia, de estruendo o sonoros en eventos o espectáculos organizados por el Sector Público Nacional.
La normativa, además, invita a adherir a la iniciativa a todas las jurisdicciones del orden provincial y municipal, atendiendo a la problemática que ocasiona el ruido de este tipo de productos y entendiendo que representa una preocupación en virtud de las consecuencias negativas que la exposición a ciertos niveles sonoros puede ocasionar, tanto en el ambiente como en la salud de la población y en la fauna.
Desde el Ministerio de Ambiente, aseguraron que la idea que presidió la iniciativafue que "el Estado se sume con una política activa a la protección frente a la contaminación acústica que supone la pirotecnia de estruendo".
En los considerandos del decreto, se sostiene que "la Constitución Nacional establece, en su artículo 41, que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; que la Ley General del Ambiente (ley 25675) "establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable", y que la misma ley " sienta los objetivos de la política ambiental nacional entre los cuales se destacan promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras".
En este sentido, son diversos los estudios científicos que permiten comprobar que el uso de artículos y artificios de pirotecnia, de estruendo o sonoros afecta la calidad auditiva de la población, y en particular a los sectores más vulnerables de la sociedad entre los que se encuentran los niños, ancianos, personas con discapacidad con Trastorno del Espectro Autista (TEA), así como también a la fauna y al ambiente en general.
Aun cuando existe legislación nacional que permite la venta libre o autorizada de los mismos, el Estado nacional asume la responsabilidad de adoptar políticas en la materia que propendan a la protección de la salud de la población y, especialmente, de los sectores más sensibles.

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