| コロナウイルス:医療従事者や免除の活動のARTカバーケース 彼女は令第20分の367で、アルゼンチンの大統領、アルベルト・フェルナンデス、閣僚の一般的な合意によって決定されました。 月曜日2020年4月13日 リスク保険会社の作業(ART)がCOVID-19を取得し、労働者をカバーする、人が実行している場合での活動やサービスは、衛生上の緊急事態の例外設定で、不可欠であると宣言しました。 職場でのコロナウイルスによって引き起こさ広がるの労働者の病理は、非上場職業病とみなされ、対応する利点を提供しなければならない病気を、契約していると証明する医師の診断書が添付ARTへの報告を行う必要があります。 彼はまた、Superintendencyリスクワーク(SRT)ARTとの不一致の場合のために、委員会医療センター(CMC)の分野における活動のために必要な追加の規則を発行する力、ということになります授与されました病気の最終プロの本質を決定する責任主体。 医療従事者の場合には、COVID-19によって引き起こされる疾患と見なされます、このような露出はコロナにされていないことが実証されていることを除いて、リスクエージェントへの直接の因果関係を保持します。 3月19日以来、病気に感染している労働者が、あなたの保険をカバーすることに留意すべきであるの発効以降に発生した最初の無効化の実証例日とさせていただきますルール状態理由政令20分の297。 ARTを提供しなければならない給付の資金調達に関しては、彼らも、社会的な予防と強制隔離が完了したことを60日後に、職業病のための信託基金により100%カバーされます | Coronavirus: las ART cubrirán los casos de trabajadores de salud y actividades exceptuadas Lo determinó el presidente de la Nación, Alberto Fernández, en acuerdo general de ministros, mediante el Decreto N° 367/ 20. lunes 13 de abril de 2020 Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) darán cobertura a los trabajadores que contraigan el COVID-19, en aquellos casos en que las personas se encuentren desempeñando actividades y servicios declarados como esenciales, en el marco excepcional de la emergencia sanitaria. Los trabajadores que se contagien la patología producida por el coronavirus en el ámbito laboral deberán efectuar la denuncia a la ART acompañada de un certificado médico que acredite haber contraído la enfermedad, la cual será considerada como enfermedad profesional no listada y se deberán otorgar las prestaciones correspondientes. Asimismo se le confiere a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) la facultad de dictar las normas complementarias necesarias para la actuación en el ámbito de la Comisión Médica Central (CMC), ya que en caso de una discrepancia con la ART, será dicha entidad la encargada de determinar el carácter definitivo profesional de la patología. En el caso de los trabajadores de la salud se considerará que la enfermedad producida por el COVID-19, guarda relación causal directa con el agente de riesgo, a excepción de que se demuestre que no haya existido tal exposición al coronavirus. Cabe señalar que aquellos trabajadores que hayan contraído la enfermedad desde el 19 de marzo, tendrán la cobertura de su aseguradora debido a que la norma establece que se considerará como fecha de primera manifestación invalidante a los casos que se hayan producido desde la entrada en vigencia del Decreto 297/ 20. En relación al financiamiento de las prestaciones que deben brindar las ART, las mismas serán cubiertas en un 100% por el Fondo fiduciario de enfermedades profesionales, hasta después de 60 días de finalizado el aislamiento social, preventivo y obligatorio |