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▷ República Argentina Noticias: [한국어-Español] EL GOBIERNO NACIONAL PONE EN MARCHA EL PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN ⭐⭐⭐⭐⭐

miércoles, 1 de abril de 2020

[한국어-Español] EL GOBIERNO NACIONAL PONE EN MARCHA EL PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN

취업 및 생산에 대한 중앙 정부의 출시 긴급 지원 프로그램
필요성 및 긴급 법령 2,020분의 332은 보건 비상 사태에 영향을 고용주와 근로자에 ​​대한 지원의 보조금을 제공합니다
2020 년 수요일 4월 1일
연방 정부는 필요성과 긴급 법령 2,020분의 332에서, 고용주와 근로자에 ​​대한 작업에 대한 긴급 지원 프로그램의 기획과 제작은 보건 비상 사태에 의해 영향을 설립했다.
그것은 그 중 연기 또는 통합 시스템 Previsional Argentino 행 고용주 기여, 할당 보상 임금의 지불의 95 %까지의 감소, REPRO 지원 비상이, 하나 또는 그 이상의 혜택을 얻기로 구성됩니다 건강과 일체형 시스템 실업 수당.
첫 번째 경우, 연기는 누구의 총 근로자 수의 직원이 년 2 월 29 2020, (60)의 양을 그 직원의 직원으로 그 고용주를 초과하지 않는 금액의 필수을 초과하는 고용주입니다 예방 절차 위기를 촉진한다. AFIP는 올해 3 월과 4 월의 개월 동안하지 못한 통합 연금 아르헨티나에 고용주 기여금의 지불을 위해 특별 기한을 설정하고 그 지불 기능을 제공 할 수 있습니다.
보상 수당은 급여에 민간 부문의 직원으로 모든 근로자에 ​​대해 국가가 지급 비 이익이 합계로 구성되어 최대 100 명의 직원과 직원을 보유한 기업을 목표로한다. 오름차순은 고용주를 완료하는 사람들의 잔액을 지불해야하는 이유입니다 해당 직원의 급여의 지불의 계정에 간주됩니다. 이 균형은 모든 법적 기존 효과에 대한 보상으로 간주됩니다. 고용주가 요청하면 한편, 혜택은 사회 보장 시스템 통합 아르헨티나와 INSSJP에 사회 사업과 공헌에 기여의 점유율을 유지하여야한다.
수상의 양은 다음과 같은 매개 변수에 따라 결정된다 고용주 25 명 노동자, 순 임금의 100 %, A (1) 급여 최소 바이탈 및 모바일 힘의 최대 값; 최저 임금 바이탈 및 모바일 힘의 75 %의 최대 값과 순 임금의 60 ~ 100 % 근로자 26의 고용주에 대한; 최저 임금 및 모바일 힘의 50 %까지의 최대 값이 61 ~ 100 노동자, 순 급여의 100 %에서 고용주합니다.
생식 지원 응급 의료의 경우, 14 (250) 법률의 규정에 따라 단체 교섭 체제에 포함 된 민간 부문의 직원으로 노동자 국가가 부담 비 이익이 합계이며, 고용주는 근로자 100을 초과. 작업자는 $ 6000 최소 $ 10,000 최대 도움이됩니다.
마지막으로, 포괄적 인 실업 급여 시스템은 실업 급여 자격이 노동자의 액세스가 $ 6000 최소 $ 10,000 최대 제기 할 수 있습니다
자신의 활동을 비판적으로 영향을받는 경우 고용주는 앞서 언급 한 혜택에 액세스 할 수 있습니다; 당신은 COVID (19)와 관련된 위험 그룹 또는 가족주의 의무에있는 노동 경륜의 시대에, 강제 격리에 COVID (19)에 의해 감염 직원의 상당수가있는 경우; 및 / 또는, 그것은 2020년 3월 20일 후 판매에 상당한 감소를 설립합니다.
프로그램에서 제외되는 사람들은 누구의 활동과 서비스들이 "사회적 예방 및 강제 격리"준수 면제 때문에 보건 비상 사태에 필수적인 것으로 간주됩니다 것들이다. 액세스하려는 고용주는 참여 활동에 도달 도달 AFIP 급여 및 직원에게 증명해야합니다.
마지막으로, 노동, 고용 및 사회 안전부가, 회사가 제출 한 정보 및 문서를 고려할 것입니다 확장하여 초기에 제공 확인하기위한 추가 데이터를 해제하고 필요한 서류를 요청할 수 있습니다. 또한, 결론을 비준하기 위해 설립의 본부에 평가 방문을 수행 할 수 있습니다. 내각의 수석 조치의 기간을 연장하고 비판적으로 보건 비상 사태에 의해 영향을받는 경제 활동을 정의 할 수있는 능력을 가지고 있지만.
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긴급 지원 업무에 대한 프로그램 및 생산 (2 38메가바이트)

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El Gobierno Nacional pone en marcha el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción
El Decreto de Necesidad y Urgencia 332/ 2020 establece el otorgamiento de asistencia para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria
miércoles 01 de abril de 2020
El Gobierno Nacional estableció, a partir del Decreto de Necesidad y Urgencia 332/ 2020, la creación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria.
El mismo consistirá en la obtención de uno o más beneficios, entre los que se encuentra la postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino, la Asignación Compensatoria al Salario, el REPRO Asistencia por la Emergencia Sanitaria y el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo.
En el primer caso, la postergación será para empleadores cuyo número total de trabajadoras y trabajadores en relación de dependencia, al 29 de febrero de 2020, no supere la cantidad de 60. Aquellos empleadores cuya plantilla de personal en relación de dependencia supere esa cantidad deberá promover el Procedimiento Preventivo de Crisis. La AFIP podrá establecer vencimientos especiales para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino no realizadas durante los meses de marzo y abril del presente año y brindar facilidades para el pago de las mismas.
La Asignación Compensatoria al Salario consistirá en una suma no remunerativa abonada por el Estado para todos los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia del sector privado, y estará orientada a empresas de hasta 100 empleadas y empleados. La ASC se considerará a cuenta del pago de las remuneraciones del personal afectado, es por ello que los empleadores deberán abonar el saldo restante de aquellas hasta completar las mismas. Dicho saldo se considerará remuneración a todos los efectos legales y convencionales. Por otra parte, si el empleador solicita el beneficio deberá retener la parte correspondiente a los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino y obra social y el aporte al INSSJP.
El monto de la asignación se determina de acuerdo a los siguientes parámetros: para los empleadores de hasta 25 trabajadores, 100% del salario neto, con un valor máximo de UN (1) Salario Mínimo Vital y Móvil vigente; para los empleadores de 26 a 60 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 75% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente; para los empleadores de 61 a 100 trabajadores, 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.
En el caso del REPRO Asistencia por la Emergencia Sanitaria, se trata de una suma no remunerativa abonada por el Estado para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, comprendidos en el régimen de negociación colectiva en los términos de la Ley 14. 250 en empleadores que superen los 100 trabajadores y trabajadoras. La prestación por trabajador tendrá un mínimo de $6000 y un máximo de $10000.
Por último, el Sistema integral de prestaciones por desempleo permite el acceso de las y los trabajadores que reúnan los requisitos a una prestación económica por desempleo que se elevarán a un mínimo de $6000 y un máximo de $10000
Los empleadores podrán acceder a los beneficios anteriormente nombrados si sus actividades se ven afectadas en manera crítica; si cuentan con una cantidad significativa de empleados contagiados por el COVID 19, en aislamiento obligatorio, con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19; y/ o, si se acredita una sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020.
Las personas que se encuentran excluidas del Programa son aquellas cuyas actividades y servicios son considerados esenciales en la emergencia sanitaria, ya que están exceptuados del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio". Los empleadores que quieran acceder deberán acreditar ante la AFIP la nómina del personal alcanzado y su afectación a las actividades alcanzadas.
Por último, cabe destacar que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social considerará la información y documentación enviada por la empresa, podrá relevar datos adicionales que permitan ampliar y verificar los aportados inicialmente y solicitar la documentación que sea necesaria. Además, podrá disponer la realización de visitas de evaluación a la sede del establecimiento, a efectos de ratificar conclusiones. Mientras que la Jefatura de Gabinete de Ministros tendrá la facultad de extender la vigencia de las medidas y definir las actividades económicas afectadas en forma crítica por la emergencia Sanitaria.
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Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (2. 38 MB)

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