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▷ República Argentina Noticias: [中文-Español] PANDEMIA COVID-19 ASEGURAR LA COBERTURA MÉDICA PARA LOS RECIÉN NACIDOS ⭐⭐⭐⭐⭐

miércoles, 8 de abril de 2020

[中文-Español] PANDEMIA COVID-19 ASEGURAR LA COBERTURA MÉDICA PARA LOS RECIÉN NACIDOS

COVID-19大流行确保医疗保险新生儿
在全球健康和没有先例的社会危机这一特殊的背景下,以保证保健新生儿中,SSSalud为PMI提供覆盖新生儿的结束后延长至45天由政府提供的社会隔离期
周三2020年4月8日
该SSSalud有一个例外,即所有代理医疗保险和医疗机构Prepaga应纳入,并暂时最多的长期社会隔离期结束的45(45)天,预防性和强制性号法令二十零分之二百九十七和分支机构及成员持有的2月20日,2020年以后出生的任何更新,女儿和儿子成立,并一直没有能够完成文档的处理国民身份证(DNI),出生和血统的唯一证明,凭出生证,由医学,产科或代理人健康主治医师建立公共或私人suscripto管理发放出生医学证明启用已参与的诞生,或副本或原始任何其他文书的任何效果,让自己由交流reditada合理发生的出生。
该决议,二千零二十零分之三百零九 - SSSalud刊登在官方公报。
Pandemia COVID-19 Asegurar la cobertura médica para los recién nacidos
En este contexto excepcional de crisis sanitaria y social mundial sin precedentes, a fin de garantizar la atención de la salud de los recién nacidos, la SSSalud dispone que la cobertura del PMI para los recién nacidos se extienda hasta 45 días corridos posteriores a la finalización del período de aislamiento social dispuesto por el Gobierno Nacional
miércoles 08 de abril de 2020
La SSSalud dispone, con carácter excepcional, que todos los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga deberán incorporar, de manera provisoria y por el término de hasta CUARENTA Y CINCO (45) días posteriores a la finalización del período de aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el Decreto Nº 297/ 20 y sus eventuales prórrogas, a las hijas e hijos de afiliadas y afiliados titulares nacidos a partir del 20 de febrero de 2020, y por los cuales no se haya podido completar el trámite del Documento Nacional de Identidad (DNI),con la sola acreditación del nacimiento y parentesco, mediante presentación de la Partida de Nacimiento, Certificado Médico de Nacimiento expedido por el establecimiento médico asistencial de gestión pública o privada suscripto por el médico, obstétrica o agente sanitario habilitado al efecto que hubiere atendido el parto, o cualquier otro instrumento que, en copia u original, permita tener por acreditada, razonablemente, la ocurrencia del nacimiento.
Dicha Resolución, la 309/ 2020 - SSSALUD se publicó en Boletín Oficial.