You have Javascript Disabled! For full functionality of this site it is necessary to enable JavaScript, please enable your Javascript!

▷ República Argentina Noticias: [中文-Español] PRÓRROGA PARA EL REGISTRO DE PRESTADORES ⭐⭐⭐⭐⭐

miércoles, 29 de julio de 2020

[中文-Español] PRÓRROGA PARA EL REGISTRO DE PRESTADORES

扩展为供应商登记
扩展为供应商登记
这是延长至2020年12月31日的包容性。
周三2020年7月29日
去过接收大量的投诉及查询从供应商根据,对对几个省的部长职位的场所进行COVID-19和下降任务的应急国家的不同司法管辖区无法来规范其招生专业和/或相应的卫生授权其有效性认证是按照第号789/09卫生部的规定注册NATIONAL提供商的先决条件。
此外,尽管受限于监管卫生服务的不同领域,面对活动的规则,不予备案,国家供应商的正常运行受到影响,其继续通过平台文书工作距离(TAD )供应商没有正规化的专业费用及/或相应的卫生授权可能恢复其相应的程序的难度。
因此,延长2020直到12月31日通过国家注册这位校长卫生服务,其成熟已经运行或天之间工作的供应商发出的1月1日和9月30日登记的期限2020年,包容性。
这还建立,用于从相应登记的原始期限和在此第1条所规定的术语的延伸日期的周期,它是保健专业人员和健康的持有人的责任有学费和/或现有的卫生等级。
号决议二千零二十零分之七百二十九 - SSSalud
下载
号决议二千零二十零分之七百二十九 - SSSalud(0. 16 MB)

下载文件
Prórroga para el Registro de Prestadores
Prórroga para el Registro de Prestadores
Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive.
miércoles 29 de julio de 2020
Venimos recibiendo numerosas denuncias y consultas de los prestadores de diferentes jurisdicciones del territorio nacional en función de que, frente a la contingencia del COVID-19 y la merma de tareas desarrolladas en las dependencias de varias carteras ministeriales provinciales, se vieron imposibilitados de regularizar sus matrículas profesionales y/ o las correspondientes habilitaciones sanitarias, cuya acreditación de vigencia es requisito esencial para la inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 789/ 09 del MINISTERIO DE SALUD.
Por otra parte, y a pesar que las normas que restringieron la actividad presencial en distintas áreas de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, no afectaron el normal funcionamiento del REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES, que continuó operando a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) los prestadores que no tuvieron la dificultad de regularizar sus matrículas profesionales y/ o las correspondientes habilitaciones sanitarias pudieron seguir realizando sus trámites correspondientes.
Por lo tanto se extiende hasta el 31 de diciembre de 2020 el plazo de vigencia de las inscripciones emitidas por el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD cuyo vencimiento hubiese operado u opere entre los días 1º de enero y 30 de septiembre de 2020, ambos inclusive.
Asimismo se establece que, durante el período comprendido entre el vencimiento original de las respectivas inscripciones y la fecha de ampliación de la vigencia dispuesta en el artículo 1º de la presente, es exclusiva responsabilidad de los profesionales de la salud y los titulares de establecimientos de salud contar con las matrículas y/ o habilitaciones sanitarias vigentes.
Resolución Nº 729/ 2020 - SSSalud
Descargas
Resolución Nº 729/ 2020 - SSSalud (0. 16 MB)

DESCARGAR ARCHIVO

Más Noticias: