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▷ República Argentina Noticias: [日本語-Español] ELIMINAN LOS DERECHOS DE EXPORTACIÓN A LOS CUEROS ⭐⭐⭐⭐⭐

lunes, 9 de diciembre de 2019

[日本語-Español] ELIMINAN LOS DERECHOS DE EXPORTACIÓN A LOS CUEROS

皮革の輸出関税をなくします
対策は、セクターの経済の負の指標を反転させるために、2年間のためになります。
月曜日2019年12月9日
出版された農業、畜産および国家報告書の水産省(令第2019分の847)[HTTPS:/ / WWWの。 boletinoficial。ゴブ。 AR / detalleAviso /第一/ 223345/20191209] 2021年12月31日まで、5%から10%までの範囲の皮革の輸出業務にレリーフを確立します。
2000000パート単位の最大値を持つことになります尺度は、これらの製品の輸出に負担の重さと畜産部門で大幅な収縮を生成税および海外市場におけるアルゼンチンの革の競争力の喪失を軽減しよう。
この点で、それは、その生産の強化を目指して、彼らの完全な能力開発を制限する障壁や制約を除去することにより、セクターの危機を克服するために具体的な行動を通じて、アルゼンチンの経済の負の指標を逆転しよう一般的には地域経済や家畜市場。
したがって令番号1126-1117で確立5%と10%の輸出税をannulling。米ドル課税価格または公式価格FOBあたりペソの合計で決定した支払額の上限を維持し、必要に応じて、31日まで予定し2018年9月3日の政令第793に設定します2020年12月。
クォータは、農業市場事務局は省通知によると、1月と2019年11月の間にタスクに応じて分配されます。
Eliminan los derechos de exportación a los cueros
La medida regirá por dos años, con el fin de revertir los indicadores negativos de la economía del sector.
lunes 09 de diciembre de 2019
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación informa que se publicó el (Decreto N° 847/ 2019)[https:/ / www. boletinoficial. gob. ar/ detalleAviso/ primera/ 223345/ 20191209] que establece una desgravación en los derechos de exportación de cueros, que iban del 5% al 10%, hasta el 31 de diciembre de 2021.
La medida, que tendrá un límite máximo de 2000000 de unidades pieza, busca alivianar la carga tributaria que pesa sobre las ventas externas de estos productos y que generó una importante contracción en el sector pecuario y una pérdida de competitividad del cuero argentino en los mercados externos.
En este sentido, se busca revertir los indicadores negativos de la economía argentina, mediante acciones concretas destinadas a superar la crisis que atraviesa dicho sector, eliminando las trabas y restricciones que limiten su plena capacidad de desarrollo, teniendo como meta el fortalecimiento de su producción, de las economías regionales y de los mercados pecuarios en general.
De esta manera, se deja sin efecto los derechos de exportación del 5% y el 10%, establecidos en el Decreto N° 1126/ 17; manteniéndose el límite del monto a pagar, determinado en una suma de pesos por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda, que se fijó en el Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018 pautado hasta el 31 de diciembre de 2020.
El cupo se distribuirá de acuerdo a la faena entre enero y noviembre de 2019, según informó la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios de este Ministerio.

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