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▷ República Argentina Noticias: [日本語-Español] ASEGURAN EL ACCESO DE LOS RECIÉN NACIDOS AL PLAN MATERNO INFANTIL SIN NECESIDAD DE PRESENTAR DNI DURANTE LA CUARENTENA ⭐⭐⭐⭐⭐

viernes, 10 de abril de 2020

[日本語-Español] ASEGURAN EL ACCESO DE LOS RECIÉN NACIDOS AL PLAN MATERNO INFANTIL SIN NECESIDAD DE PRESENTAR DNI DURANTE LA CUARENTENA

検疫の際にIDカードを提示せずにアクセス新生児母子計画を確認してください
国の保健省は2020年2月20日に生まれたすべての子供たちは、以降の母子計画のカバレッジを保証していることを報告しました。
金曜日2020年4月10日
これは、DNIを提示せずに、私たちの国でパンデミックの状況では、出生証明書による親族の単一認定へのアクセス母親と父親のために、それが容易になり尺度です。
提携やソーシャルワーク・医学Prepagaのエンティティに所属の娘と息子は、医療給付を受ける権利をしているの強制的ヘルスプランに含まれるべきです。
保健サービスのSuperintendencyの解像度は数2020分の309で、4月7日に官報に掲載された、と卓越した対策を持っている「すべてのエージェント健康保険や医療機関Prepagaべきであるとされました令番号20分の297とsuseventuales関連会社の延長、娘と息子によって確立され、社会的予防及び強制分離日の期間の終了後45日に仮最大の用語のために組み込みますそして、メンバーの保有者は、出生や親子関係の唯一の認定と、出産証明書または公的または民間経営の主治医の確立によって発行された出生医学証明書を提示することによって、2020年2月20日以降に生まれた、とによって署名します医療、産科や健康エージェントは、任意の誕生、または任意の他の機器QUに出席効果を認可しましたそして、オリジナルまたはコピーして、出産の合理的に認定を受けて発生することによって自分自身を許します。 "
Aseguran el acceso de los recién nacidos al plan Materno infantil sin necesidad de presentar dni durante la cuarentena
El Ministerio de Salud de la Nación informó que todos los niños y las niñas nacidos del 20 de febrero de 2020 en adelante tienen garantizada la cobertura del Plan Materno Infantil.
viernes 10 de abril de 2020
Esta es una medida que facilita a las madres y los padres, en el marco de la pandemia en nuestro país, al acceso con la sola acreditación del parentesco mediante la Partida de Nacimiento, y sin necesidad de presentar el DNI.
Las hijas e hijos de afiliadas o afiliados a Obras Sociales o a Entidades de Medicina Prepaga deberán ser incluidos en el Plan Médico Obligatorio, del cual tienen derecho a recibir prestaciones médico asistencial.
La resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud fue publicada en el Boletín Oficial el pasado 7 de abril, con el número 309/ 2020, y dispone con carácter de excepción "que todos los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga deberán incorporar, de manera provisoria y por el término de hasta CUARENTA Y CINCO (45) días posteriores a la finalización del período de aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el Decreto Nº 297/ 20 y suseventuales prórrogas, a las hijas e hijos de afiliadas y afiliados titulares nacidos a partir del 20 de febrero de 2020, con la sola acreditación del nacimiento y parentesco, mediante presentación de la Partida de Nacimiento o Certificado Médico de Nacimiento, expedido por el establecimiento médico asistencial de gestión pública o privada, y suscripto por el médico, obstétrica o agente sanitario habilitado al efecto que hubiere atendido el parto, o cualquier otro instrumento que, en copia u original, permita tener por acreditada, razonablemente, la ocurrencia del nacimiento. "

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