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▷ República Argentina Noticias: [中文-Español] ASEGURAN EL ACCESO DE LOS RECIÉN NACIDOS AL PLAN MATERNO INFANTIL SIN NECESIDAD DE PRESENTAR DNI DURANTE LA CUARENTENA ⭐⭐⭐⭐⭐

viernes, 10 de abril de 2020

[中文-Español] ASEGURAN EL ACCESO DE LOS RECIÉN NACIDOS AL PLAN MATERNO INFANTIL SIN NECESIDAD DE PRESENTAR DNI DURANTE LA CUARENTENA

确保进入新生儿母婴计划,未经检疫的过程中呈现的ID卡
民族的卫生部报告说,出生于2020年2月20日的孕产妇和儿童计划起保证了覆盖所有儿童。
2020周五4月10日,
这是一个措施,使得它更容易为母亲和父亲,在流感大流行在我国的背景下,获得通过的出生证明亲属关系的单一认证,没有呈现DNI。
女儿和下属或附属于社会工作或医学Prepaga的实体儿子应该包括在其中均享有医疗福利强制性医疗计划。
卫生服务监管局决议刊登在官方公报4月7日,编号为二千○二十〇分之三百○九,并具有特殊措施",所有代理医疗保险和医疗机构Prepaga应包括临时和高达45的任期由第二十零分之二百九十七法令设立的社会,预防和强制隔离天suseventuales扩展,女儿和分支机构的儿子周期结束后(45)天与2020年2月20日之后的成员持有人出生,出生和血统的唯一认证,通过呈现出生证明或由主治医师建立公共或私人管理的发行出生医学证明,并签署医疗,产科或健康代理授权进行任何出席的诞生,或任​​何其他文书曲并且,在原有或复制,让自己出生的合理认可的发生。 "
Aseguran el acceso de los recién nacidos al plan Materno infantil sin necesidad de presentar dni durante la cuarentena
El Ministerio de Salud de la Nación informó que todos los niños y las niñas nacidos del 20 de febrero de 2020 en adelante tienen garantizada la cobertura del Plan Materno Infantil.
viernes 10 de abril de 2020
Esta es una medida que facilita a las madres y los padres, en el marco de la pandemia en nuestro país, al acceso con la sola acreditación del parentesco mediante la Partida de Nacimiento, y sin necesidad de presentar el DNI.
Las hijas e hijos de afiliadas o afiliados a Obras Sociales o a Entidades de Medicina Prepaga deberán ser incluidos en el Plan Médico Obligatorio, del cual tienen derecho a recibir prestaciones médico asistencial.
La resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud fue publicada en el Boletín Oficial el pasado 7 de abril, con el número 309/ 2020, y dispone con carácter de excepción "que todos los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga deberán incorporar, de manera provisoria y por el término de hasta CUARENTA Y CINCO (45) días posteriores a la finalización del período de aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el Decreto Nº 297/ 20 y suseventuales prórrogas, a las hijas e hijos de afiliadas y afiliados titulares nacidos a partir del 20 de febrero de 2020, con la sola acreditación del nacimiento y parentesco, mediante presentación de la Partida de Nacimiento o Certificado Médico de Nacimiento, expedido por el establecimiento médico asistencial de gestión pública o privada, y suscripto por el médico, obstétrica o agente sanitario habilitado al efecto que hubiere atendido el parto, o cualquier otro instrumento que, en copia u original, permita tener por acreditada, razonablemente, la ocurrencia del nacimiento. "

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