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▷ República Argentina Noticias: [日本語-Español] CORONAVIRUS: NUEVO PROTOCOLO PARA TALLERES DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA (RTO) ⭐⭐⭐⭐⭐

lunes, 20 de abril de 2020

[日本語-Español] CORONAVIRUS: NUEVO PROTOCOLO PARA TALLERES DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA (RTO)

コロナウイルス:必須テクニカルレビューワークショップのための新しいプロトコル(RTO)
パンデミックコロナウイルスの文脈では、交通規制のための国家委員会(CNRT)は、運輸省により、必要な措置を回避相互作用に注意するように指示されているワークショップRTO、のための新しいプロトコル手順を定義しました、感染とウイルスの蔓延。
月曜日2020年4月20日
月曜日4月20日からは、CNRTは監査に始まり、フレームの国家管轄権のワークショップテクニカルレビューの操作のために設立され、乗客と貨物の車を見直し、自動車輸送の過程で新たな措置を監視しますグローバルパンデミック。新しいプロトコルは、すべてのサービスが、彼らが安全に行うことができ、運転の禁止を免除されたことを確認するために、スタッフ、ドライバーおよびサプライヤーの間で感染のリスクを最小限にするために実装されています。
この点で、国政府によって設立措置を遵守するため、プロトコルはカメラ部門で開発された、道路交通負荷の連盟アルゼンチン(CATAC)とトラック運転手や労働運輸連盟自動車貨物、物流およびサービス、および運輸省の決議2020分の96で正式にされました。
施設とスタッフ
設立内のエントリとトランジットのために遵守する方向との看板を表示しなければならないすべてのインストールでは、敷地内を換気し続けなければならず、床は漂白剤溶液または塩素と水を使用して、それぞれの日の開始前に洗浄する必要があります。アクセス開口部との接触面をドアノブまた、各施設やオフィスの入り口に基づいてワイプ塩素溶液を配置する必要があり、頻繁に消毒されなければなりません。
プロトコルは、担当者が適切に自分の作業日やオフィスでのワークショップに入る前に手を消毒する必要があり、各ワーカーに割り当てられた温度を取るための責任となりますことを規定しています。また、均一で頻繁に消毒する必要があると暴露のリスクに応じて個人用保護具を使用しなければならないと述べています。
車両のレビューを実行するためのワークショップを入力する人は、同じ内に残るとスタッフの指示に従わなければなりません。この意味で、相談するワークショップに来る人たちは、あなたが建物の外とどまるべきか、電話かメールでそれを行います。設立への入学に必要な場合は、地面にマークされなければならない社会的距離を尊重する必要があります。
プロセス
RTOを作るために、前の車の凝集を避けるために、各車両のためのワークショップによって付与されているオンにする必要があります。各ドライバは、接触を避けるために、いくつかの要素で温度を取る例えば、レーザー温度計、および車両あたりの人のエントリのみが許可されます。加えて、フェイスマスク、および/または外科用マスクやゴム手袋を着用し、店に入ると、ドライバーにお勧めします。
ワークショップに入った誰もが、あなたの連絡先情報とともに、保健当局によって必要とされなければならない記録になります。キャビン内の実行制御タコグラフの(数、コントロールシートベルト、消火器、ビーコン、あなたがドライバーを尋ねるべき車両から降りていないと、それはスタッフとの接触を避けるために車両を操作者彼でありますなど、ドアや窓を開け、バルブ駆動うつ、)。審査手続きの文書の結論では、それが生成され、車両がroadworthyであれば、ドライバは、フロントガラスにウェハを配置します。
解像度96は、さらに提供する包括的な2020年4月26日には、ユニットの必須の技術的な検査の証明書の有効性は、満期日は3月12 2020からなく動作それらのワークショップを運営するまで移送管理省解像度番号10/19に付属書の第18条のパラグラフE)によれば、10〜20日の懸濁液を認可することができるプロトコルに記載の措置を尊重。
Coronavirus: Nuevo protocolo para Talleres de Revisión Técnica Obligatoria (RTO)
En marco de la pandemia del coronavirus, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), a través del Ministerio de Transporte, definió un nuevo protocolo de procedimiento para Talleres de RTO, en donde se instruyen las medidas necesarias a adoptar para evitar la interacción, el contagio y la propagación del virus.
lunes 20 de abril de 2020
A partir del lunes 20 de abril, la CNRT comenzará a auditar y fiscalizar las nuevas medidas en los procesos de revisión de los vehículos de transporte automotor de pasajeros y de cargas, establecidas para el funcionamiento de los Talleres de Revisión Técnica de jurisdicción nacional en marco de la pandemia mundial. El nuevo protocolo se implementa para minimizar los riesgos de contagio entre el personal, conductores y proveedores y para que todos los servicios que quedaron exceptuados de la prohibición de circular, puedan hacerlo de manera segura.
En este sentido, y para dar cumplimiento a las medidas establecidas por el gobierno nacional, el protocolo se desarrolló junto a las cámaras del sector, la Confederación Argentina del Transporte Automotor de Cargas (CATAC) y la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, Logística y Servicios, y se oficializó en la Resolución 96/ 2020 del Ministerio de Transporte.
Instalaciones y personal
En todas las instalaciones se deberá exhibir cartelería con indicaciones a cumplir para el ingreso y tránsito dentro del establecimiento, los locales deberán mantenerse ventilados y los pisos deberán limpiarse antes del inicio de cada jornada, utilizando solución de agua con lavandina o cloro. Además, en la entrada de cada local u oficina deberán colocarse paños embebidos en solución clorada y se deben desinfectar con frecuencia los picaportes en aberturas de acceso y superficies de contacto directo.
El protocolo establece que el personal deberá higienizar correctamente sus manos antes de ingresar al taller en su jornada laboral o a las oficinas y habrá un responsable asignado para tomarle la temperatura a cada trabajador. Se establece también, que el uniforme debe ser higienizado frecuentemente y que según el riesgo de exposición deberán utilizar elementos de protección personal.
Quienes ingresen al taller para realizar las revisiones del vehículo deberán permanecer dentro del mismo y seguir las instrucciones del personal. En este sentido, quienes se acerquen a los talleres a realizar consultas deberán permanecer fuera del local o realizarla por teléfono o correo electrónico. De ser necesario su ingreso al establecimiento, tendrá que respetar la distancia social que deberá ser marcada en el suelo.
Procedimiento
Para realizar la RTO deberán contar con turno previamente otorgado por el taller para cada vehículo con el fin de evitar la aglomeración de vehículos. A cada conductor se le tomará la temperatura con algún elemento que evite el contacto, por ejemplo termómetros láser, y sólo se permitirá el ingreso de una persona por vehículo. Además, se recomienda a los conductores, al momento de ingresar al taller, el uso de máscaras faciales y/ o barbijos y guantes de látex.
Toda persona que ingrese al taller quedará en un registro, junto a su información de contacto, en caso de ser requerida por la autoridad sanitaria. Al realizar el control del interior de la cabina, se debe solicitar al conductor que no descienda del vehículo y que sea él quien manipule el vehículo a fin de evitar contacto con el personal (número de tacógrafo, control del cinturón de seguridad, matafuego, balizas, apertura de puertas y ventanillas, accionamiento de válvula depresora, etc. ). Al concluir con el procedimiento de revisión se genera la documentación y será el conductor quien coloque la oblea en el parabrisas, en caso de que el vehículo este apto para circular.
La Resolución 96, establece, además, que hasta el 26 de abril de 2020 inclusive, la vigencia de los certificados de revisión técnica obligatoria de las unidades, que cuyo vencimiento haya operado a partir del 12 de marzo de 2020. Aquellos talleres que operen sin respetar las medidas establecidas en el protocolo podrán ser sancionados con la suspensión de entre 10 y 20 días, según el inciso e) del Artículo 18 del Anexo de la Resolución Nº 10/ 19 de la Secretaría de Gestión de Transporte.

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